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sábado, 11 de enero de 2014

Bulos en la red. Emigrantes

Desde hace unos días se viene intensificando en las redes, uno de esos insustanciales debates tabernarios, alentado por una interpretación de los textos de las leyes, demasiado enrevesada en algunos casos, y en otros, simple y llanamente por cuestiones electorales, alejándose de la interpretación que entra en el ámbito de lo normal y acercándose más a la tergiversación; situación mucho más grave.
En este caso, es la supuesta pérdida del derecho de aquellos emigrantes españoles, que se ausenten de su patria más de 90 días, a la sanidad pública. Esta noticia, que se recoge hasta en medios de comunicación de más o menos prestigio, se ha propagado como la pólvora, estallando en un sinfín de críticas hacía el Gobierno de España, por el trato que les da, a los malvados emigrantes que después de formarse en España, abandonan el barco en busca de botines mejores.
Líbrenme todos los Dioses del mundo, de ser yo quien defienda la gestión de este Gobierno en materia de emigración, pero el sentido común debe imperar. Nadie puede olvidar, que por encima de cualquier ley del Gobierno de turno, está la Constitución. Tan desfasada como siempre, pero hasta que llegue otra adaptada a la evolución de los tiempos, seguirá siendo nuestra Carta Magna. De obligado cumplimiento. 

Pues bien, lo que han olvidado aquellos que extienden este bulo, con o sin mala intención, es que la Constitución Española refleja claramente que "ningún español de origen podrá ser privado de su nacionalidad" y también refleja la "obligatoriedad del Estado de mantener un régimen público de Seguridad Social, que asista a todo español, especialmente ante situaciones de necesidad". Con esta simple reflexión, se puede deducir que cualquier español de origen, tiene derecho a asistencia sanitaria mientras resida en España. Si cambia la residencia a otro país, será el sistema de seguridad social del país receptor quien estará obligado a prestar ese servicio, ya que para los casos en los que se esté trabajando o cobrando una prestación por desempleo, el emigrante estará cotizando en ese país, y para los casos de estancia por estudios o turismo, la tarjeta europea sanitaria suplirá esa asistencia con cargo al país de origen. Eso es así, en España y en cualquier otro país de la Unión Europea. Por lo tanto este nefasto Gobierno, solo ha adaptado la norma al resto de los países miembros. Está claro que si el emigrante no cambia la residencia, por ley estará protegido, y si lo hace, bastará con volver a solicitar la residencia en España, cuando vuelva para obtener de nuevo la tarjeta sanitaria.

En los casi cuatro meses que duró mi primera etapa de emigrante, nunca pensé que me anularían la asistencia sanitaria en España, pues como español de origen y con periodos cotizados tengo ese derecho. Antes de volver a España, me ofrecieron ir a trabajar de forma estable a Niza, y pensé en cambiar de residencia pero nunca en perder la asistencia sanitaria, pues como residente en Francia y con periodos cotizados tengo ese derecho. Los periodos sin cotización y con residencia en cualquier país de la Unión Europea que no era de mi nacionalidad, mi asistencia la cubría España, a través de la Tarjeta Sanitaria Europea. Moraleja...todo europeo está cubierto por obligación en su país de origen, por cotización y residencia en su país de destino, y por la Tarjeta Sanitaria Europea, para todos los periodos que no se tenga derecho, con cargo a su país de origen.

La enmienda del Gobierno, solo persigue luchar contra el llamado turismo sanitario. Y en ese caso, solo queda aplaudir a este nefasto Gobierno.


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